Título VI
- Cualquier persona o grupo que crea que fue discriminado por motivos de raza, color u origen nacional en programas, servicios o actividades donde hay asistencia federal puede presentar una queja del Título VI.
- Una queja debe presentarse a más tardar 180 días después de la fecha de la última instancia de presunta discriminación, a menos que la agencia de procesamiento extienda el tiempo para la presentación.
- Las quejas deben ser por escrito, firmadas y presentadas por correo, fax, en persona o correo electrónico. Si un reclamante llama por teléfono a un subreceptor con las acusaciones, los subreceptores transcribirán las alegaciones de la queja según lo dispuesto por teléfono y luego enviarán una queja por escrito al demandante para su corrección y firma.
Declaración de política
Es política de la Ciudad de Sammamish que ninguna persona, por motivos de raza, color u origen nacional, sea excluida de la participación, se le nieguen beneficios o sea objeto de discriminación en cualquier programa o actividad financiada por el gobierno federal según lo dispuesto por el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964. la Ley de Restauración de los Derechos Civiles de 1987 y cualquier otra ley y reglamento aplicable de derechos civiles contra la discriminación.
La Ciudad de Sammamish asegura que ninguna persona, por motivos de raza, color, origen nacional o género, según lo dispuesto por el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Restauración de los Derechos Civiles de 1987, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios o será objeto de discriminación en cualquier programa o actividad.
Además, la Ciudad de Sammamish asegura que ninguna persona, por motivos de edad, etnia, discapacidad, orientación sexual, ingresos o dominio limitado del inglés, según lo dispuesto por los estatutos legales que se enumeran a continuación, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios o será objeto de discriminación en cualquier programa o actividad.
Acerca del Título VI
Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964
"Ninguna persona en los Estados Unidos, por motivos de raza, color u origen nacional, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios o será objeto de discriminación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal".
El Congreso de los Estados Unidos firmó la Ley de Derechos Civiles en 1964 y la Ley de Restauración de los Derechos Civiles en 1987. El Título VI de las Leyes de Derechos Civiles prohíbe la discriminación basada en la raza, el color o el origen nacional en todos los beneficios y servicios proporcionados por las agencias gubernamentales. Las leyes adicionales contra la discriminación prohíben la discriminación basada en la discapacidad, la edad, el estado de ingresos, el estado de minoría o el dominio limitado del inglés.
El Título VI y otras leyes contra la discriminación se aplican a todos los programas y actividades del gobierno local. Las leyes contra la discriminación no se limitan a los programas y actividades financiados con fondos federales.
Quejas del Título VI
¿Quién es elegible para presentar una queja del Título VI?
Cualquier persona que crea que ha sido excluida de la participación, se le han negado los beneficios o ha sido objeto de discriminación en cualquier programa o actividad de la Ciudad de Sammamish debido a su raza, color, origen nacional, edad, sexo o discapacidad puede presentar una queja del Título VI.
Cómo presentar una queja del Título VI
Las quejas deben presentarse por escrito dentro de los 180 días a partir de la última fecha de la presunta discriminación. Sin embargo, puede comunicarse con el Coordinador del Título VI de la Ciudad de Sammamish si cree que su queja puede quedar fuera de este plazo.
Dónde presentar quejas del Título VI
Las quejas se pueden enviar por correo, correo electrónico o en persona a:
Coordinador del Título VI
Ciudad de Sammamish
TitleVICoordinator@sammamish.us
Dirección postal:
801 228th Avenue SE
Sammamish, WA 98075-9509
Dirección física:
801 228th Avenue SE
Sammamish, WA 98075-9509
Asistencia para presentar una queja por escrito
Se harán esfuerzos razonables para ayudar a las personas con discapacidades, a las personas que no hablan inglés y a otras personas que no pueden presentar una queja por escrito.
Para obtener ayuda para presentar una queja, comuníquese con el Coordinador del Título VI de la Ciudad de Sammamish.
¿Qué sucede después de presentar una queja?
Revisión de la jurisdicción
Una vez que se recibe una queja, la ciudad de Sammamish la revisará para determinar si nuestra oficina tiene jurisdicción. El denunciante recibirá una carta de acuse de recibo informándole si la queja será investigada por nuestra oficina.
Investigación de la queja del Título VI
Si la queja tiene mérito investigativo, el Coordinador del Título VI asignará un investigador. La ciudad de Sammamish tiene 90 días para investigar la denuncia.
Si se necesita más información para resolver el caso, el investigador puede comunicarse con el denunciante. El denunciante tiene 30 días hábiles a partir de la fecha de la carta para proporcionar al investigador la información solicitada.
Si el denunciante no se comunica con el investigador o no proporciona la información adicional dentro de los 30 días hábiles, la Ciudad de Sammamish puede cerrar administrativamente el caso. Un caso también puede cerrarse administrativamente si el denunciante ya no desea continuar con su caso.
Conclusión de la investigación
Después de que el investigador revise la queja, se emitirá una carta al denunciante: ya sea una carta de cierre o una Carta de Conclusión (LOF).
- Una carta de cierre resume las acusaciones y afirma que no hubo una violación del Título VI. Esto significa que el caso se cerrará.
- Una Carta de Hallazgos (LOF) resume las acusaciones y la entrevista sobre el presunto incidente. Explica cómo se abordará la situación. Establece si se producirá alguna acción disciplinaria, capacitación adicional del empleado u otra acción.
Si el demandante desea apelar la decisión, tiene 90 días después de la fecha de la carta para hacerlo.
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión?
La notificación de la decisión final informará al demandante de sus derechos de apelación con WSDOT y USDOT.
Contactos de jurisdicción administrativa
Departamento de Transporte del Estado de Washington
Oficina de Igualdad de Oportunidades, Programa del Título VI
Apartado de correos 47314
Olimpia, WA 98504-7314
(360) 705-7090
https://wsdot.wa.gov/EqualOpportunity/default.html
Administración Federal de Carreteras
Oficina de la División de Washington
711 Capitol Way South, Suite 501
Olimpia, WA 98501-1284
(360) 753-9480
https://www.fhwa.dot.gov/wadiv/