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Sammamish Town Center (not licensed)

Título VI

Declaración de política

Es la política de la Ciudad de Sammamish que ninguna persona, por motivos de raza, color u origen nacional, será excluida de la participación, se le negarán beneficios o será objeto de discriminación bajo cualquier programa o actividad financiada con fondos federales según lo dispuesto por el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964. la Ley de Restauración de los Derechos Civiles de 1987 y cualquier otra ley y reglamento aplicable de derechos civiles contra la discriminación.

La Ciudad de Sammamish asegura que ninguna persona, por motivos de raza, color, origen nacional o género, según lo dispuesto por el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Restauración de los Derechos Civiles de 1987, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios de, o será objeto de discriminación bajo cualquier programa o actividad.

Además, la Ciudad de Sammamish asegura que ninguna persona, por motivos de edad, etnia, discapacidad, orientación sexual, ingresos o dominio limitado del inglés, según lo dispuesto en los estatutos legales enumerados a continuación, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios de, o será objeto de discriminación bajo cualquier programa o actividad.

Acerca del Título VI

Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964

"Ninguna persona en los Estados Unidos, por motivos de raza, color u origen nacional, será excluida de la participación, se le negarán los beneficios o será objeto de discriminación bajo cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal".

El Congreso de los Estados Unidos firmó la Ley de Derechos Civiles en 1964 y la Ley de Restauración de los Derechos Civiles en 1987. El Título VI de las Leyes de Derechos Civiles prohíbe la discriminación basada en la raza, el color o el origen nacional en todos los beneficios y servicios proporcionados por las agencias gubernamentales. Otras leyes contra la discriminación prohíben la discriminación basada en la discapacidad, la edad, el estado de ingresos, el estado de minoría o el dominio limitado del inglés.

El Título VI y otras leyes contra la discriminación se aplican a todos los programas y actividades del gobierno local. Las leyes de no discriminación no se limitan a los programas y actividades financiados con fondos federales.

Reclamaciones del Título VI

¿Quién es elegible para presentar una queja del Título VI?

Cualquier persona que crea que ha sido excluida de la participación, se le han negado los beneficios o ha sido objeto de discriminación bajo cualquier programa o actividad de la Ciudad de Sammamish debido a su raza, color, origen nacional, edad, sexo o discapacidad puede presentar una queja del Título VI.

Cómo presentar una queja del Título VI

Las quejas deben presentarse por escrito dentro de los 180 días a partir de la última fecha de la presunta discriminación. Sin embargo, puede comunicarse con el Coordinador del Título VI de la Ciudad de Sammamish si cree que su queja puede quedar fuera de este plazo.

Dónde presentar quejas del Título VI

Las quejas pueden enviarse por correo, correo electrónico o en persona a:

Coordinador del Título VI
Ciudad de Sammamish
TitleVICoordinator@sammamish.us

Dirección postal:
801 228th Avenue SE
Sammamish, WA 98075-9509

Dirección física:
801 228th Avenue SE
Sammamish, WA 98075-9509

Asistencia para presentar una queja por escrito

Se harán esfuerzos razonables para ayudar a las personas con discapacidades, personas que no hablan inglés y otras personas que no pueden presentar una queja por escrito.

Para obtener ayuda para presentar una queja, comuníquese con el Coordinador del Título VI de la Ciudad de Sammamish.

¿Qué sucede después de que se presenta una queja?

Revisión de la jurisdicción

Una vez que se recibe una queja, la Ciudad de Sammamish la revisará para determinar si nuestra oficina tiene jurisdicción. El demandante recibirá una carta de acuse de recibo informándole si la queja será investigada por nuestra oficina.

Investigación de la queja del Título VI

Si la queja tiene mérito investigativo, el Coordinador del Título VI asignará un investigador. La ciudad de Sammamish tiene 90 días para investigar la queja.

Si se necesita más información para resolver el caso, el investigador puede ponerse en contacto con el denunciante. El denunciante tiene 30 días hábiles a partir de la fecha de la carta para proporcionar al investigador la información solicitada.

Si el denunciante no se pone en contacto con el investigador o no proporciona la información adicional dentro de los 30 días hábiles, la Ciudad de Sammamish puede cerrar administrativamente el caso. Un caso también puede cerrarse administrativamente si el demandante ya no desea continuar con su caso.

Conclusión de la investigación

Después de que el investigador revise la queja, se emitirá una carta al denunciante: una carta de cierre o una Carta de Hallazgo (LOF).

  • Una carta de cierre resume las acusaciones y establece que no hubo una violación del Título VI. Esto significa que el caso se cerrará.
  • Una Carta de Hallazgo (LOF) resume las acusaciones y la entrevista con respecto al presunto incidente. Explica cómo se abordará la situación. Establece si se producirá alguna acción disciplinaria, capacitación adicional del empleado u otra acción.

Si el demandante desea apelar la decisión, tiene 90 días después de la fecha de la carta para hacerlo.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión?

La notificación de la decisión final informará al demandante de sus derechos de apelación con WSDOT y USDOT.

Contactos de la jurisdicción administrativa

Departamento de Transporte del Estado de Washington
Oficina de Igualdad de Oportunidades, Programa del Título VI
Apartado de correos 47314
Olympia, WA 98504-7314
(360) 705-7090
https://wsdot.wa.gov/EqualOpportunity/default.html

Administración Federal de Carreteras
Oficina de la División de Washington
711 Capitol Way South, Suite 501
Olympia, WA 98501-1284
(360) 753-9480
https://www.fhwa.dot.gov/wadiv/