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Despeje y nivelación

DEFINICIONES
Claro

Rama, poda, recubrimiento, poda, corte u eliminación de vegetación u otra materia vegetal orgánica por medios físicos, mecánicos, químicos u otros.

Calificación

Excavación, relleno, eliminación de la capa de duff o cualquier combinación de ellas.

Antes de comenzar cualquier trabajo en el sitio, debe obtener un Permiso de Despeje y Nivelación o un Permiso de Desarrollo del Sitio, salvo que esté explícitamente exento por el SMC 16.15.050.

Cualquier actividad dentro de áreas críticas o sus zonas de amortiguamiento, excepto en terrenos públicos (SMC 16.15.050(14)), según la definición de SMC 21.04.040.B, no puede estar exenta y siempre requerirá un permiso. También puede ser necesaria una revisión de la Ley de Política Ambiental Estatal (SEPA).

La pendiente de las superficies de corte y relleno no puede ser mayor de lo que es seguro para el uso previsto y no puede superar una proporción de 2:1 (horizontal a vertical), salvo que el Director lo apruebe. Para la mayoría de las zonas, la actividad de desmonte y nivelado puede realizarse entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre.

 

EXENCIONES DE COMPENSACIÓN Y CLASIFICACIÓN

SEGÚN EL SMC 21.03.070.E, LAS EXENCIONES INCLUYEN, PERO NO SE LIMITAN A:

  • Excavación autorizada por un permiso de construcción
  • Mantenimiento de entradas de vehículos, céspedes y jardinería existentes
  • Eliminación de árboles no significativos
  • Mantenimiento rutinario de los sistemas de drenaje existentes para viviendas unifamiliares que no superen los 50 yardas cúbicas
  • Excavaciones de 10 pies (véase la Figura 1)

Figura 1: Muro de contención para un corte de 3 metros

  • Rellenos de 5 pies (véase la Figura 2)

Figura 2: Muro de contención para un relleno de 5 pies